viernes, 29 de abril de 2016

Nietos

Los temores que invaden a una persona respecto a su herencia, respecto a lo que dejará a los suyos, son varios, pero quizás podamos resumirlos en dos aspectos, uno que yo denominaría familiar, y otro, fiscal.

El primero hace referencia al hecho de si mis descendientes aceptaran o no mi voluntad, si surgirán o no polémicas, si todo seguirá o no igual. Son hipótesis futuras que solo el tiempo resolverá.

La fiscal, ¿Cuánto pagaran mis herederos por el Impuesto de Sucesiones?. Tenemos que recordar, que este impuesto cedido a las Comunidades Autónomas no es igual en todas, en unas se paga en otras no, como en post anteriores ya trate.

Centrándonos en Comunidades en las que sí se paga, una solución serían los Nietos.

El Impuesto de Sucesiones es progresivo, es decir se paga mas cuanto mas se tiene, por lo que si introducimos a mas herederos(hijos o nietos, no extraños) en nuestra herencia, la distribución de la misma y su coste fiscal será menor.

Por otro lado, los nietos al igual que los hijos, también se benefician de las reducciones que el Impuesto establece, y si son menores de 21 años mas aún.

Como todo en la  vida, surge la pregunta del hijo al padre, ¿Sí, claro, heredan tus nietos? y son menores o mayores y podrán disponer de lo que reciben. Solución : Legamos la nuda propiedad a los nietos y el usufructo para el hijo. Resultado: Pagamos menos Sucesiones, "controlamos a los nietos".




Pd: Recuerdo el sentido de este blog, y la forma de escribirlo, y a quien se destina el mismo.
Un saludo

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