lunes, 7 de abril de 2014

Resolviendo dudas IV



Desde que Haerentia comenzó, son muchas las preguntas que he recibido para orientaros, en unos casos; resolver, en otros.


Recibidas la mayoría de ellas mediante el enlace denominado "Te ayudo". Algunas ya se han publicado, hoy publicamos una nueva, muy habitual.


Pregunta.


Hace un par de años falleció mi tío, el cual vivía en un piso que era de mis abuelos.
Mis abuelos al fallecer no tenían testamento, y mi tío tampoco, la casa sigue a nombre de mi abuelo paterno. Mi otro tío, mis hermanos y yo (nuestro padre también falleció cuando nosotros aún eramos pequeños) tenemos intención de vender el piso y otras fincas rusticas arrendadas, pero no sabemos que pasos seguir para proceder al cambio de nombre...

Gracias por todo!!
        
Respuesta.


Para poder vender el inmueble, previamente tendrán que realizar las operaciones particionales, arreglar la herencia previa de las personas fallecidas.


En primer lugar ya que no existe testamento, tendrán que hacer las respectivas declaraciones de herederos tanto de sus abuelos, como de su tíos, y su padre, si este ultimo  no tenia testamento. Una vez tengan las mismas tendrán que liquidar los impuestos correspondientes, que en función del tiempo transcurrido puede que estén prescritos, excepto el caso de su tío, y aceptadas las herencias podrán vender.


Como ve, en su caso, al existir varios fallecidos y no existir testamentos, el procedimiento es complejo por lo que les recomiendo lo ponga en manos de un abogado que coordine y realice lo correcto.





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